La Firma Electrónica Avanzada (FEA) en México es la firma electrónica que cumple los cuatro requisitos del artículo 97 del Código de ComercioNota [1]: exclusividad del firmante, verificabilidad por terceros, control exclusivo al momento de firmar e integridad criptográfica del mensaje.
Una firma que no los cumple todos es, por definición, firma simple bajo el artículo 89.
La diferencia práctica es el no repudio: con FEA, el firmante no puede negar haber firmado porque la firma es verificable criptográficamente con su clave pública. El artículo 90 del Código de Comercio establece la presunción de que el mensaje proviene del emisor.
La implementación técnica es mediante PKI: par de claves asimétricas más un certificado digital emitido por PSC acreditado ante la SE. La firma simple no tiene esto.